¿Cómo Reclamar?
Si, siempre que se haya mantenido un tiempo mínimo de dos horas entre enlaces.
Es fundamental que en un plazo improrrogable de 7 días se haya realizado una reclamación fehaciente a la compañía, y es recomendable una denuncia a los cuerpos de seguridad del Estado (Policía).
Si se llega a celebrar el juicio (ya que la mayoría se pactan) los menores de edad no tendrán que acudir a juicio.
En el lugar de vuestra residencia, nunca tendrá que desplazarse a un lugar distinto que no sea este.
Si te retrasan el equipaje estando de viaje, a partir del momento de la entrega de la maleta, el pasajero tiene 21 días para hacer una reclamación FEHACIENTE (por escrito) a la compañía aérea POR RETRASO EN LA ENTREGA DE EQUIPAJE, solicitando los perjuicios ocasionados.
La jurisprudencia ha indicado que puedes reclamar daños morales y materiales, siempre y cuando el retraso haya sido realizado mientras te encuentras fuera de tu domicilio habitual, (cuando estás en tu domicilio habitual la jurisprudencia Española ha dictaminado en múltiples ocasiones que no procede el derecho a indemnización de daños morales si de daños materiales si quedan acreditados con facturas).
En este caso tendrás derecho a recibir la indemnización, dependerá de las distancias pero oscilara entre los 250 euros y los 600 euros, e igualmente podrás aceptar o no el cambio, si no lo aceptas la compañía aérea tendrá que devolverte la totalidad del billete. También tienes derecho a todos los gastos que hayas incurrido a consecuencia de la modificación unilateral del vuelo (siempre que este acreditado mediante factura).
La compañía puede modificarte el vuelo hasta con 14 días de antelación, si te modifican el vuelo con más de catorce días de antelación, tienes derecho a no aceptar la modificación (si no te conviene), y que te devuelva la totalidad del precio del billete, o bien a aceptar el cambio, en este caso no tendrás derecho a compensación.
Si. Todos los gastos realizados a consecuencia del retraso, debidamente acreditados con facturas.
Tienen que haber un retraso mínimo de tres horas y en caso de cancelación (no retraso) se puede reclamar si el vuelo sustitutivo te lo dan 2 horas más tarde del inicialmente señalado.
Para poder reclamar una indemnización a la compañía aérea, tu vuelo tiene que haberse retrasado un mínimo de tres horas (180 minutos), y si en vez de un retraso es una cancelación, se puede exigir la indemnización cuando el vuelo alternativo que te ofrece la compañía aérea es 2 horas más tarde del vuelo original.
No olvide que el estudio es totalmente gratuito y que si el caso es viable, le llevaremos el proceso sin cargo alguno ASUMIMOS TODOS LOS COSTES Y SOLO COBRAMOS UN PORCENTAJE (Los honorarios serán una cantidad porcentual de la indemnización obtenida, en resumen si usted no cobra nosotros tampoco)