El demandante NN. contrata un viaje de Barcelona a México, con escala en Madrid, durante el viaje se extravió la maleta. La compañía aérea Iberia S.A., se opone frontalmente, mediante la alegación de caducidad de acción, también atribuye la responsabilidad de lo ocurrido a una tercera compañía etc….
A consecuencia de ésta pérdida el Sr. NN. en su estadía en México tuvo gastos s precisos para cubrir las primeras necesidades en un monto de 465,50 euros con el resguardo de las respectivas facturas de compra de ropa hecha en México.
En Sentencia el Juez condena a IBERIA LINEAS AEREAS DE ESPAÑA S.A. al pago de la suma de 450 Derechos Especiales de Giro, a los que se refiere al Convenio de Montreal de 1.999 más 450 DEG a favor de la parte actora sumando un total de 1.000 € para el pasajero.
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